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¿Cuál es la función del Consejero de Seguridad?

El Consejero asumirá, entre otras, las siguientes obligaciones:

  • Examinar el cumplimiento por parte de la empresa de las reglas aplicables al transporte de mercancías peligrosas.

  • Asesorar a la empresa en las operaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas.

  • Redactar un informe anual destinado a la dirección de la empresa sobre las actividades de la misma relativas al transporte de mercancías peligrosas, en el que se señalan, entre otros, los datos sobre las cantidades totales cargadas, transportadas o descargadas. La empresa se encargará de remitir el informe anual a la Administración.

Servicios de Asimtra para dar cumplimiento del Real Decreto 1566/99 y del nuevo RD 97/2014, sobre Consejeros de Seguridad

  • Auditoría a la empresa, para la recopilación de datos sobre mercancías peligrosas, utilizada en la misma.

  • Cumplimentación y registro de la designación de alta en la Comunidad Autónoma correspondiente, así como las posibles modificaciones de alta si la empresa ha tenido cambios.

  • Comprobación sobre las medidas de seguridad existentes en la empresa, en relación con la manipulación de mercancías peligrosas.

  • Revisión a los vehículos de la empresa, que transporten mercancías peligrosas. Comprobando que cumplen con la normativa de las etiquetas, pegatinas, paneles naranja y extintores necesarias para los mismos.

  • Recursos de posibles sanciones a la empresa (Sanciones que sean recurribles).

  • Informe a la gerencia de la empresa, sobre posibles anomalías detectadas en estos procesos de revisión.

  • Visita periódica a los centros de actividad de la empresa mínimo una vez al año (obligatoria según exige el R.D.97/2014), para verificar en todo momento el cumplimiento del ADR y demás legislación, referente a mercancías peligrosas.

  • Posteriormente Asimtra le enviará del informe técnico con la información obtenida en la visita realizada, asi como los comentarios y acciones de recomendacion del consejero de seguridad.

  • Formación al personal que manipula mercancías peligrosas, expidiendo el correspondiente certificado.

  • Establecimiento del protocolo de carga/descarga y transporte para la empresa y fichas de seguridad para el cumplimiento del ADR.

  • Elaborar informe anual en el primer trimestre del año, para la administracion correspondiente, tal como manda la legislación.

  • Nosotros nos encargamos también de registrarlo en la administracion. Nuestro cliente solo se encarga de archivar la copia que el consejero de seguridad le enviará debidamente sellada por la Administración.

  • Elaborar y presentar en los orgamismos oportunos los partes de accidentes que se puedan producir, así como tomar las medidas para evitar la repetición de los mismos.

  • Además, estamos a su entera disposición para cuantas dudas puedan tener respecto a nuestra materia o del ADR en vigor.

Te facilitamos tu equipamiento (KIT ADR), paneles, pegatinas ADR, etc.

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